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Ernesto Álvarez, expdte. del TC: “Nunca se había visto tan clara la causal de incapacidad moral como ahora”

En entrevista con La Cuestión, el doctor Ernesto Álvarez Miranda, expresidente del Tribunal Constitucional, explicó detalles del proceso de vacancia contra el presidente Pedro Castillo ahora que se admitió la moción para que entre a debate la destitución del presidente la cual requiere de 87 votos para aprobarse.

Incapacidad Moral

“La Constitución no prevé que al presidente de la República se le pueda procesar por ningún motivo, salvo en los casos puntuales del 117, que es traición a la patria, no convocar a elecciones, impedir la reunión del Congreso o de los organismos electorales, son causales muy restringidas. Lo que significa que técnicamente el presidente podría ser sospechoso hasta de homicidio y en ese caso no podría ser procesado, tiene que esperarse a que culmine su mandato. La Constitución permite una ventanita que es la incapacidad moral permanente que sirve para estos casos. ¿Qué sucede si el presidente de la República, sonriendo, dice, bueno vamos a ver si las investigaciones me dan como culpable dentro de 4 años, a ver si encuentra alguna prueba? Ante eso, se activa la causal de incapacidad moral permanente. Lo de PPK ni lo de Vizcarra puede compararse con el caso presente, el Gobierno de Castillo se ha preocupado por reunir la mayor cantidad de presuntos delincuentes en sus gabinetes ministeriales. El entorno personal del candidato presidencial y ahora presidente, está teñido por personajes sumamente siniestros. Incluso, la campaña parece haber sido llevada con fondos de la corrupción del Gobierno Regional de Junín. Por tanto, por donde se pinche el Gobierno hace agua. Nunca se había visto, tan clara, la causal de vacancia por incapacidad moral como ahora. El problema es que el presidente, a diferencia de Vizcarra, tiene algunos congresistas asegurados. Como hoy día solo se ha logrado la admisión a la moción de vacancia, con 76 votos, la Constitución dice que, para aprobar, no admitir, aprobar definitivamente la vacancia, es necesario dos tercios del número legal de miembros del Congreso, esto es, basta que el presidente mantenga los votos en contra, que son cuarenta y tantos, para que esta vacancia sea imposible de aprobar”, comentó Ernesto Álvarez.

Castillo ante el Congreso

“Cuando Vizcarra va al Congreso, citado específicamente por el Congreso para defenderse de la moción de vacancia, no hace hablar a su abogado, como lo hizo PPK, sino que él habla, él se defiende, pero en el transcurso de su discurso ofender gravemente al Parlamento y allí es que congresistas indignados se pasan del no al sí”, recordó el exmagistrado del TC.

Sobre la intención del presidente de ir al Congreso antes del debate de la vacancia señaló que “es muy poco lo que podría decir Castillo para desactivar el proceso de vacancia. Creo que es un peligro. No debería ir al Congreso, debería desistirse y argumentar que, en vista de que de todas maneras tiene que ir con su abogado a defenderse de los argumentos de la vacancia, resulta ya inútil presentarse mañana. ¿Qué puede decir o leer? que pueda está a su favor. Cualquier cosa que diga, va a tener que ver con la vacancia. Cualquier cosa que diga tendrá relación directa con las acusaciones que tiene”, indicó.

Álvarez también consideró que no sería en esta moción que se daría la vacancia. “Si el presidente Castillo no logra consolidar su mayoría parlamentaria terminará saliendo en una tercera moción de vacancia, porque yo creo que, en este caso, la tercera sería la vencida”, auguró.

Juicio Político

“La vacancia es eminentemente una decisión política. La Constitución no pide probar o reunir indicios de una manera jurídica con respecto a la falta de moral del presidente, sino que es una figura política que lo único que pide es dos tercios, son votos. Lo que implica básicamente que también se podría vacar a un presidente no solo por incapacidad moral, sino también por no saber ejercer la política, ¿por qué? porque no pudo asegurar los votos en contra en un Congreso. Pero seguimos en el campo de la política. Muchos hemos señalado que esto debería tener un componente jurídico y político, es decir, el juicio político donde al presidente se le imputen cargos”, refirió sobre la figura del juicio político que todavía no contempla la Constitución Peruana.

“Otros hemos señalado que a esta figura de la vacancia, si es que se le quiere mantener por ser útil, por cierto, ante presidentes corruptos o asesinos, se le podría agregar el hecho de que a la moción de vacancia, una vez admitida a debate, tenga que ser calificada jurídicamente por el Tribunal Constitucional. Admitida por una votación política, debería ir con oficio esa moción al TC para que en el transcurso de 7 días califique jurídicamente los sustentos de esa moción. Digamos que el Tribunal dice que esa moción es válida, la regresa al Congreso, allí sí recién cita al presidente, debaten y luego votan. Ese filtro es el que falta, si es que se mantiene la causal de vacancia”, finalizó.

Puedes ver la entrevista completa en el siguiente link:

https://fb.watch/bLAO_F0HAi/

 

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