
1. ¿QUÉ ES LA MINERÍA FORMAL?
La Minería formal se refiere a la actividad minera regulada y autorizada, es decir, comprende a las minas que cuentan con derechos de explotación de las zonas con presencia de minerales y que desarrollan sus operaciones dentro del marco legal vigente.
A diferencia de la Minería informal, la Minería formal cuenta con una serie de permisos y autorizaciones concedidos por la Autoridad Minera a fin de mitigar el impacto ambiental y social de las actividades mineras. Asimismo, la Minería formal realiza un aporte económico – canon minero – al Estado peruano.
Asimismo, el siguiente gráfico detalla las principales diferencias entre la Minería formal y la Minería informal, según el Ministerio de Energía y Minas en el documento “Minería formal y proceso de formalización en el Perú” (ver aquí https://bit.ly/3HZwzsg), como sigue:
2. ¿CUÁLES SON LAS VENTAJAS DE LA MINERÍA FORMAL EN PERÚ?
Como indica el Ministerio de Energía y Minas en el documento “Minería formal y proceso de formalización en el Perú” (ver aquí https://bit.ly/3HZwzsg), la Minería formal promueve el desarrollo sostenible de Perú, en 3 rubros específicos: ambiental, social y económico.
Asimismo, conforme a los siguientes cuadros y cifras extraídas del informe de Apoyo Consultoría sobre el Cierre de Minas (Ver aquí https://bit.ly/3E3jGuA), se evidencia que la Minería formal es el motor del empleo formal en varias regiones mineras con un 62% del PBI total en la región de Apurímac, por ejemplo, financiando gran parte de la inversión pública con un presupuesto de 11 451 millones de soles en el año 2019 y 26 280 millones de dólares en exportaciones mineras en el año 2020.
3. ¿QUÉ ES UN PLAN DE CIERRE DE MINAS?
El numeral 12 del articulo 7 del Reglamento de Cierre de Minas indica que el Plan de Cierre de Minas es un instrumento de gestión ambiental que comprende todas las acciones técnicas y legales requeridas para garantizar el logro de los objetivos del cierre de una mina.
Plan de Cierre de Minas como requisito para iniciar actividades
El planeamiento del Cierre de Minas es una actividad permanente que comienza durante los estudios de pre-factibilidad (antes de que las minas empiecen a operar) – como parte del estudio de impacto ambiental (EIA).
Dicho planeamiento también es transversal a la etapa de ingeniería de detalle, y continúa a lo largo del ciclo de vida de la mina hasta la etapa postcierre. La norma contempla 3 etapas dentro del Plan de Cierre de Minas: cierre progresivo, cierre final y postcierre.
Plan de Cierre de Minas como documento sujeto a constante fiscalización/actualización
La Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros del Ministerio de Energía y Minas aprueba el expediente del Plan de Cierre de Minas y el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) se encarga de supervisar y fiscalizar su cumplimiento.
Como se puede verificar en el siguiente gráfico elaborado por la Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros en la Guía para planes de cierre de minas (Ver en https://bit.ly/3E4slNt), la presentación del Plan de Cierre de Minas es un requisito solicitado por la Autoridad minera, antes del inicio de las actividades mineras, y se renueva constantemente cada 5 años, conforme al Reglamento de Plan de Cierre de Minas.
Por lo tanto, tener un Plan de Cierre de Minas aprobado no significa tener fecha exacta de un Cierre de Minas definitivo. Pues dicho documento está presente en todo el ciclo de vida útil de la mina. Como sigue:
Plan de Cierre de Minas como “documento vivo”
El Plan de Cierre de Mina es un documento que existe antes de que cualquier mina empiece a operar, porque así lo exige la Ley. Y dicho documento, es objeto de constante actualización y renovación, dependiendo de la vida útil de la mina y factores técnicos evaluados previamente por la Autoridad competente y por la minera correspondiente.
Por lo tanto, es importante tener en cuenta como idea central del presente reporte que el Plan de Cierre de Mina es un “documento vivo” que es reevaluado y actualizado constantemente y que bajo nuestro marco legal vigente el Plan de Cierre de Minas no puede ni debe entenderse como un “documento estático” que contiene la fecha de cierre definitivo de operaciones mineras.
Filosofía para el diseño de Cierre de Minas
Como indica la Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros en la Guía para planes de cierre de minas (Ver en https://bit.ly/3E4slNt), la filosofía para el Diseño de Cierre se basa en las siguientes cuatro premisas:
Primero, la minería genera cambios permanentes en las condiciones superficiales y sub-superficiales del terreno y los cursos de agua, y en muchos casos crea cambios permanentes en la comunidad local.
Segundo, los impactos ambientales negativos de la actividad minera pueden ser manejados de tal manera que el terreno y los cursos de agua retornen a una condición en que puedan ser utilizados después de finalizada la actividad minera.
Tercero, la minería puede ser manejada de tal forma que los impactos sociales después del cierre sean minimizados.
Cuarto, la mejor y más factible forma para lograr un legado positivo es “empezar por el final”, i.e., considerar desde las primeras etapas del proyecto los efectos y consecuencias potenciales que pueden ocurrir a largo plazo y manejarlos apropiadamente.
Es decir, debemos tener en cuenta que todo diseño de Plan de Cierre de Minas está pensado para modificarse constantemente dependiendo de los cambios que se van presentando con el transcurrir del tiempo y que son inherentes a la actividad minera, a fin de minimizar el impacto negativo que pudiese traer la misma.
4. DECLARACIONES DE MIRTHA VÁSQUEZ, PRESIDENTA DEL CONSEJO DE MINISTROS
El viernes 19 de noviembre, la Comisión de Alto Nivel del Poder Ejecutivo, presidida por la Presidente del Consejo de Ministros, Mirtha Vásquez, mantuvo una reunión con las autoridades de Huamanga junto con dirigentes de las provincias del sur de Ayacucho.
En dicho diálogo, la Premier arribó a un acuerdo con los funcionarios de las provincias de Lucanas, Parinacochas y Páucar del Sara Sara, a fin de crear una comisión ejecutiva para negociar el cierre definitivo de cuatro unidades mineras del país.
En Twitter, las declaraciones de Mirtha Vásquez, para justificar el cierre intempestivo de 4 mineras, fueron las siguientes:
(1/2) Las cabeceras de cuenca son ecosistemas delicados que proveen de agua a los territorios. Por eso hemos acordado junto a autoridades y dirigencias de las provincias de Parinacochas, Lucanas y Páucar del Sara Sara (Ayacucho) medidas para protegerlas de la contaminación. pic.twitter.com/cW4ZZx2Bqs
— Mirtha Vásquez (@MirtyVas) November 19, 2021
(2/2) Acordamos crear comisión ejec. para negociar retiro y cierre de 4 unidades mineras, visitas a zonas afectadas y reuniones con empresas mineras. Asimismo,delimitación de cabeceras de cuenca y evaluación ambiental para identificar fuentes de contaminación.#GobiernoDelPueblo pic.twitter.com/yErQPoW7Vu
— Mirtha Vásquez (@MirtyVas) November 19, 2021
Respecto a las cuatro mineras señaladas, Vásquez explicó que estas no gozarán de ampliación alguna para procesos de explotación ni exploración, dado que el Estado les exigiría que sus actividades cesen con prontitud.
Acta de Reunión de Comisión de Alto Nivel del Ejecutivo con las autoridades y dirigentes de las provincias del sur de Ayacucho
El 19 de noviembre de 2021, Mirtha Vásquez acordó unilateralmente el cierre intempestivo y arbitrario de 4 mineras peruanas, conforme se puede verificar en el siguiente documento:
5. PRONUNCIAMIENTO OFICIAL DEL GOBIERNO DE PEDRO CASTILLO SOBRE EL CIERRE DE 4 MINERAS PERUANAS
El 20 de noviembre de 2021, el Gobierno peruano emitió un comunicado oficializando el cierre intempestivo de las mineras Apumayo, Pallancata, Inmaculada y Breapampa, justificando dicha medida en que las antedichas mineras tendrían cada una un Plan de Cierre de Minas aprobado.
Como ya se ha explicado en los numerales anteriores, el Plan de Cierre de Minas es un requisito solicitado por la Autoridad minera, antes del inicio de las actividades mineras, y se renueva constantemente cada 5 años, conforme al Reglamento de Plan de Cierre de Minas. Por lo que, tener un Plan de Cierre de Minas aprobado no significa tener fecha exacta ni definitiva de un Cierre de Minas.
6. PRONUNCIAMIENTOS DE MINERAS Y GREMIOS AFECTADOS POR EL CIERRE DE MINAS
Luego de las declaraciones de Mirtha Vásquez, se emitieron varios pronunciamientos de las mineras y gremios amenazados con un cierre inminente.
Minera Apumayo
A través de un comunicado, Apumayo precisó lo siguiente: “Las actividades de nuestra empresa cuenta con todos los permisos exigidos por las autoridades nacionales, siendo esto debidamente informado mediante misiva cursada al Viceministro de Minas”. (Fuente: Gestión, ver en https://bit.ly/3FOStw8).
Apumayo agregó que sus actividades mineras, “se encuentran dentro de los alcances del Decreto Supremo N° 007-2021-EM, por el cual se presentó ante el SENACE, la Reprogramación de Actividades de la Unidad Minera Apumayo, hasta el mes de junio del 2022″.
También se sostuvo que hay “preocupación por la delicada situación de más de 3,000 colaboradores peruanos que están viendo vulnerados sus derechos al libre trabajo y a la fuente de sostenimiento de sus familias”.
En ese sentido, Apumayo señaló que desde el sector minero “existe la voluntad de impulsar el crecimiento de la economía ejerciendo una minería responsable y social”; además, exhortaron al Gobierno a que “brinde garantías jurídicas para establecer canales de comunicación que permitan un diálogo objetivo que los lleve a soluciones pacíficas”.
Mediante un comunicado oficial, la Compañía Minera Ares S.A.C. rechazó categóricamente que sus actividades mineras ocasionasen contaminación ambiental, dado que las mismas son actividades reguladas por distintas autoridades estatales para estos fines. Asimismo, indicó que dicha compañía proporciona hasta 40 000 mil puestos de trabajo a peruanos, de forma indirecta.
Gremios empresariales
Algunos gremios empresariales como la Confiep y la Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y Energía (SNMPE) se pronunciaron también para calificar el cierre de cuatro operaciones mineras en Ayacucho como violaciones al “estado de derecho” y un “atropello contra las empresas y sus operaciones”.
7. ¿POR QUÉ ES ILEGAL EL CIERRE ARBITRARIO/INTEMPESTIVO DE MINAS?
Porque, según nuestro marco legal vigente, las minas no pueden cerrarse de un día para otro. Conforme explicamos en los numerales anteriores, el Plan de Cierre de Minas es un “documento vivo” que es reevaluado y actualizado constantemente – cada 5 años, según el Reglamento de Cierre de Minas – y bajo ningún supuesto puede ni debe entenderse que tener un Plan de Cierre de Minas aprobado significa tener fecha exacta del cierre de una mina.
8. CONCLUSIONES
El cierre unilateral y arbitrario de minas tiene un impacto negativo en Perú por las siguientes razones:
- El gobierno de Pedro Castillo evidencia un atropello total del marco normativo minero
Como indica expresamente Apoyo Consultoría en su informe sobre el Cierre de Minas (Ver aquíhttps://bit.ly/3E3jGuA), los proyectos mineros pasan por cuatro fases: exploración, construcción, explotación-exploración y cierre de minas. Todos los proyectos mineros formales tienen que establecer una fecha de cierre de mina, que equivale a una licencia de funcionamiento para cualquier empresa.
De la misma forma que una empresa extiende su licencia de funcionamiento cuando tiene éxito, la fecha de cierre de minas se va ampliando según el resultado de las nuevas exploraciones, que incrementan la vida útil de la mina. Esto se desarrolla bajo la supervisión de múltiples instituciones del Estado.
Por ello, las declaraciones de Mirtha Vásquez constituyen a todas luces un atropello a lo que dicta el marco legal minero.
- Más pobreza y atraso para más peruanos
Como consecuencia del cierre ilegal de las 4 mineras en cuestión, 54.000 familias peruanas, muchas de estas en Ayacucho, perderían sus puestos de trabajo, lo que significa 6 mil puestos de trabajo formales directos (75% de los trabajadores formales del sector minero en Ayacucho) y 48 mil trabajos indirectos. (Fuente: El Comercio, ver en https://bit.ly/3nXlL5U)
Asimismo, también se reflejará la pérdida de USD 4 mil millones que la Minera Ares buscaba invertir para extender la vida útil de la Unidad Operativa Inmaculada y de 79 millones de soles de transferencias por año que iban directamente a la región para educación y salud. (Fuente: Tiempo Minero, ver en https://bit.ly/3nYm6VO).
- Se vulnera el derecho a reinvertir en la zona minera y ampliar su vida útil
Al indicar que no se permitirán ampliaciones ni exploraciones en la zona, se está vulnerando el derecho de las empresas a invertir en la zona para extender la vida útil de las minas y generar empleo para miles de peruanos.
Se afecta directamente a los derechos de propiedad privada y de inversión, dado que las mineras cumplen un estricto marco legal de autorizaciones y permisos previos para poder operar y luego de concedidos los mismos, no tendrían por qué ser impedidas de renovar sus planes de cierre y reinvertir en sus actividades para generar mayor utilidad.
- Genera más caos e inestabilidad social
El fiel cumplimiento del marco normativo vigente por parte de las mineras peruanas garantiza una licencia social y legitima las operaciones económicas en las zonas mineras, dado que las autoridades se encargan constantemente de fiscalizar los permisos y autorizaciones a fin de mitigar los daños medioambientales.
Si el mismo Estado incumple la ley, se deslegitima la inversión privada de las mineras, creando más caos e inestabilidad en el país y con ello, más enfrentamientos entre los pobladores de las zonas mineras.